El juicio manipulado del Mesías

Deuteronomio 16:18 Jueces y guardias designarás para ti en cada una de tus tribus, en todas las ciudades que el Eterno tu Eloh-m, te da, y juzgarán al pueblo con juicio recto.

Debarim 16:18 Shoftim veshotrim titen-leja bejol-she’areyja asher Adon-i Eloheyja noten leja lishvateyja veshafetu et-ha’am mishpat tsedek.

Semana a semana cuando me toca preparar la perasha, trato de estar alerta para encontrar el mensaje que creo estaría compaginando con la voluntad del Eterno para transmitirles, hay estudios que cuestan mas trabajo que otros, mas horas o menos de estudio, y no obstante, yo los podría clasificar en dos tipos de acuerdo a la estructura que por si solos van adoptando, es decir, aquellos estudios que los realizo y que su secuencia lógica se va danto por si sola, y los segundos, cuya estructura resulta difícil establecerla, este estudio semanal precisamente es de este último; a su vez, a éste último tipo de estudio, podría dividirlo en dos, el estudio cuya estructura es difícil pero que veo claramente su objetivo, y aquel cuya estructura es difícil y el objetivo lo obtengo hasta el final, es decir, hasta que termino de estudiar conozco el objetivo; esta semana precisamente me toco por la voluntad del Eterno compartirles uno así, ruego a Hashem les sea de bendición.

En la perasha hashavúa –porción semanal- compartiré con ustedes las reglamentaciones de los testigos, y es mi deseo llevarlos basándonos en dicha figura legal, a comprobar la incorrecta forma en que llevaron a cabo el juicio del Mesías que a la postre lo llevaría a su muerte en el madero, curiosamente basándome en el estudios de los testigos,  por ello  veamos esta semana el tema: El juicio manipulado del Mesías.

Esta semana leemos una porción que dice así: Debarim 19:15 No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquiera ofensa cometida. Sólo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación. 16 Cuando se levantare testigo falso contra alguno, para testificar contra él, 17 entonces los dos litigantes se presentarán delante de Hashem, y delante de los sacerdotes y de los jueces que hubiere en aquellos días. 18 Y los jueces inquirirán bien; y si aquel testigo resultare falso, y hubiere acusado falsamente a su hermano, 19 entonces haréis a él como él pensó hacer a su hermano; y quitarás el mal de en medio de ti. 20 Y los que quedaren oirán y temerán, y no volverán a hacer más una maldad semejante en medio de ti. 21 Y no le compadecerás; vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie.

La palabra Testigo que hemos leído al español, proviene del hebreo Ed (ayin y dalet) ¿quién es un Ed? Es una persona que ha presenciado un acto o situación y que tiene la capacidad de transmitir el hecho, o bien, es una persona que escucho de boca del acusado una situación, la cual al requerirlo una autoridad se le pide que la transmita. En derecho se les llamaría a uno testigo presencial y al otro testigo no presencial.

El deber que tiene el Ed o testigo en la Torah -lit. instrucción, aunque la traducen como ley-, sólo lo relaciona con materias que el testigo ha visto, o qué él ha tenido noticias de la boca del acusado; un hombre no puede testificar cosas de las que él no tiene conocimiento personal, ni él puede testificar lo que él ha oído de otras personas.

¿PARA QUE SE NECESITABA TESTIGOS?

Sería tal vez un tanto obvia la pregunta, ya que  la base la establece la porción de debarim que hemos leído, en donde existe una falta o pecado de una persona hacía el prójimo y que este último acude a la autoridad para que se le resarza el daño, el Ed dará testimonio de lo acontecido, no obstante, quisiera compartirles demás ejemplos de las Kitvei Hakodesh –Sagradas Escrituras- con el objeto de ampliar nuestro panorama.

a)    Testigos para señalar al homicida: Números/ Bamidbar 35:29 Estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones. 30 Cualquiera que diere muerte a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida; mas un solo testigo no hará fe contra una persona para que muera. 31 Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte; indefectiblemente morirá.

b) Testigos para señalar una falta de hombre o mujer en contra del Eterno: Debarim 17:2 Cuando se hallare en medio de ti, en alguna de tus ciudades que Hashem tu Eloh-m te da, hombre o mujer que haya hecho mal ante los ojos de Hashem tu Eloh-m traspasando su pacto, 3 que hubiere ido y servido a dioses ajenos, y se hubiere inclinado a ellos, ya sea al sol, o a la luna, o a todo el ejército del cielo, lo cual yo he prohibido; 4 y te fuere dado aviso, y después que oyeres y hubieres indagado bien, la cosa pareciere de verdad cierta, que tal abominación ha sido hecha en Israel; 5 entonces sacarás a tus puertas al hombre o a la mujer que hubiere hecho esta mala cosa, sea hombre o mujer, y los apedrearás, y así morirán. 6 Por dicho de dos o de tres testigos morirá el que hubiere de morir; no morirá por el dicho de un solo testigo. 7 La mano de los testigos caerá primero sobre él para matarlo, y después la mano de todo el pueblo; así quitarás el mal de en medio de ti.

c)    Testigos para oír las razones de una disputa con el objetivo de acabar con ella: Mateo/ Matitiahu 18:15 Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano. 16 Mas si no te oyere, toma aún contigo a uno o dos, para que en boca de dos o tres testigos conste toda palabra. 17 Si no los oyere a ellos, dilo a la kehilá; y si no oyere a la kehilá, tenle por gentil y publicano.

d) Testigos para acabar con señalamientos: 2 Corintios 13:1 Esta es la tercera vez que voy a vosotros. Por boca de dos o de tres testigos se decidirá todo asunto. 2 He dicho antes, y ahora digo otra vez como si estuviera presente, y ahora ausente lo escribo a los que antes pecaron, y a todos los demás, que si voy otra vez, no seré indulgente; 3 pues buscáis una prueba de que habla el Mesías en mí, el cual no es débil para con vosotros, sino que es poderoso en vosotros.

e) Testigos para corroborar una conducta intachable: 1 Tesalonicenses 2:10 Vosotros sois testigos, y Eloh-m también, de cuán santa, justa e irreprensiblemente nos comportamos con vosotros los creyentes;

f)Testigos para señalar faltas de un líder: 1 Timoteo 5:17 Los ancianos que gobiernan bien, sean tenidos por dignos de doble honor, mayormente los que trabajan en predicar y enseñar. 18 Pues la Escritura dice: No pondrás bozal al buey que trilla; y: Digno es el obrero de su salario. 19 Contra un anciano no admitas acusación sino con dos o tres testigos.

g) Testigos para realizar una redención de personas o bienes: Rut 4:9 Y Booz dijo a los ancianos y a todo el pueblo: Vosotros sois testigos hoy, de que he adquirido de mano de Noemí todo lo que fue de Elimelec, y todo lo que fue de Quelión y de Mahlón.

h)Testigos para la realización de transacciones comerciales: Jeremías / Yirmiyahu  32:44 Heredades comprarán por dinero, y harán escritura y la sellarán y pondrán testigos…

i) Testigos para corroborar la transmisión de una enseñanza: 2 Timoteo 2:2 Lo que has oído de mí ante muchos testigos, esto encarga a hombres fieles que sean idóneos para enseñar también a otros.

Estos son solo algunos ejemplos, espero que hayas notado que no use la palabra testigo, en singular sino en plural, la razón como veremos más adelante es que se necesita más de un testigo en casi todas las ocasiones que se requiera, no obstante también hay excepciones; Rashí uno de lo comentaristas mas reconocidos en el judaísmo corrobora lo que dice el talmud –tradición oral de Israel- en el sentido que todas las veces que aparezca la palabra Ed, no obstante que es singular (edym en plural), siempre se deberá considerar como si fueran al menos dos personas, salvo que específicamente el pasuk –versículo- diga lo contrario.

INSTRUCCIÓN BÁSICA DE UN ED

Una vez que he compartido con ustedes algunos ejemplos del uso de Ed, voy a escribirles al respecto de las cuestiones básicas del uso de Ed desde una perspectiva Escritural, que nos sea útil para más adelante abordar las reglamentaciones de la tradición oral de nuestro pueblo basadas en el Talmud.

1)Es una mitzvá –mandamiento- no hablar falso testimonio: Exodo / Shemot 20:16 No hablarás contra tu prójimo falso testimonio.
Debarim 5:20 No dirás falso testimonio contra tu prójimo.
Shemot 23:1 No admitirás falso rumor. No te concertarás con el impío para ser testigo falso.

Con lo anterior deseo que entendamos que no hablo de una cosa menor, sino que al ser un mandamiento y transgredirlo, con quien nos estaremos enfrentando directamente es con Hashem.

2) Se necesita para la resolución de algún asunto de dos testigos al menos: Debarim 19:15 No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquiera ofensa cometida. Sólo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación.
Bamidbar 35:30 Cualquiera que hiriere a alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no hará fé contra alguna persona para que muera.
Debarim 17:6 Por dicho de dos o de tres testigos morirá el que hubiere de morir; no morirá por el dicho de un solo testigo.

3)Es una obligación del Ed testificar : Levítico/ Vayicra 5:1 Si alguno pecare por haber sido llamado a testificar, y fuere testigo que vio, o supo, y no lo denunciare, él llevará su pecado.

El talmud cuenta que el ofendido tenía el derecho de maldecir públicamente al Ed que se privaba de su obligación.

4) En algunos casos el Ed será el primero en realizar el veredicto de la justicia: Debarim 17:7 La mano de los testigos caerá primero sobre él para matarlo, y después la mano de todo el pueblo; así quitarás el mal de en medio de ti.

5) El Ed estaba a expensas de ser descubierto como falso: Debarim 19:18 Y los jueces inquirirán bien; y si aquel testigo resultare falso, y hubiere acusado falsamente a su hermano, 19 entonces haréis a él como él pensó hacer a su hermano; y quitarás el mal de en medio de ti.

El TaNaJ –incorrectamente conocido como el antiguo testamento- al igual que el código de Hammurabi (código de leyes mas antiguo conocido, legislado por el rey Hammurabi de Babilonia 1790-1750 a.e.c.), legislaron que la sentencia para el falso testigo era imponerle la misma sentencia que se le iba a imputar al acusado. ¿Cómo detectaban a un ed falso –ed shequer-? A través de sus contradicciones y mentiras: Proverbios / Mishlej 12:17 El que habla verdad declara justicia; Mas el testigo mentiroso, engaño. otro ejemplo: Mishlej 14:5 El testigo verdadero no mentirá; Mas el testigo falso hablará mentiras.

6) El testigo falso no quedara sin castigo: Mishlej 19:5 El testigo falso no quedará sin castigo, Y el que habla mentiras no escapará… 9 El testigo falso no quedará sin castigo, Y el que habla mentiras perecerá.

La no observancia de la mitzvá conllevaría a una consecuencia que según la tradición la realizaba el mismo Hashem. El testigo tenía tal poder que la Escritura dice que el testigo verdadero libra las almas: Mishlej 14:25 El testigo verdadero libra las almas…

7) El único pueblo que es un testigo del hecho de que Eloh-m es el Redentor y el creador, es Israel: Yeshaya / Isaías 43:10 Ustedes son mis testigos, dice Hashem, y mi siervo que yo escogí, para que me conozcáis y creáis, y entendáis que yo mismo soy; antes de mí no fue formado dios, ni lo será después de mí. 11 Yo, yo Hashem, y fuera de mí no hay quien salve. 12 Yo anuncié, y salvé, e hice oír, y no hubo entre vosotros dios ajeno. Vosotros, pues, son mis testigos, dice Hashem, que yo soy Eloh-m.

OTROS POSIBLES TESTIGOS

Me resulta imposible no incluir asuntos que sé, se pudieran prestar para señalamientos al respecto de omisiones posibles que yo hiciera cuando comparto algo, por ello y no obstante el espacio, deseo darles a conocer que existen además de personas que fungen como edym –testigos-, objetos o cosas que cumplen ese propósito.

I)    Un cántico como ed: Debarim 31:19 Ahora, pues, escribíos este cántico, y enséñalo a los hijos de Israel: ponlo en boca de ellos, para que este cántico me sea por testigo contra los hijos de Israel.

II)  La torah como Ed: Debarim 31:26 Tomad este libro de la ley, y ponedlo al lado del arca del pacto de Hashem vuestro Eloh-m, y esté allí por testigo contra ti.III) Un montón de piedras como Ed: Génesis /Bereshit 31:52 Testigo sea este montón de piedras, y testigo sea esta señal …

IV) Un altar como Ed: Josué / Yehoshúa 22:34 Y los hijos de Rubén y los hijos de Gad pusieron por nombre al altar Ed; porque testimonio es entre nosotros que Hashem es Eloh-m.

V) La luna como Ed: Salmos / Tehilim 89:37 Como la luna será firme para siempre, Y como un testigo fiel en el cielo. Selah

Adicionalmente a usar a objetos o cosas como testigos como hemos visto, es costumbre que para avalar los dichos de una persona se use la frase “Eloh-m es testigo” -Eloh-m ed-: Bereshit 31:50 Si afligieres a mis hijas, o si tomares otras mujeres además de mis hijas, nadie está con nosotros; mira, Eloh-m es testigo entre nosotros dos. Lo mismo lo vemos en el Brit Jadashá –Pacto Renovado- con rabí Shaúl –conocido como Pablo-: Romanos 1:9 Porque testigo me es Eloh-m, a quien sirvo en mi espíritu en el evangelio de su Hijo, de que sin cesar hago mención de vosotros siempre en mis oraciones. El anteponer a Hashem como testigo avalaba que los dichos fueran verdaderos, sabiendo que en caso contrario, con Hashem se las verían.

LOS TESTIGOS EN EL TALMUD

Basándose en la porción bíblica de Debarim 13:14 que dice: “tú investigarás, buscarás y preguntarás con diligencia…”, fue interpretado en el Talmud (Sanhedrin 40a) que el Ed requería ser sujeto de tres tipos diferentes de examen: pregunta (hakirah), investigación (derishah), e interrogación (bedikah), esta regla se usaba sobre todo para los casos civil y delictivos.

Hakirah es el examen que relaciona al tiempo y el lugar en el que ocurrió el evento (Sanhedrin 40b) cada examen comienza con preguntas relacionadas con ello y que eran indispensables (Sanhedrin 42a). Derishah es el examen que relaciona a la esencia de los hechos o del problema y sus características: ¿quién lo hizo? ¿qué hizo? ¿cómo lo hizo? ¿le advirtió usted?  (Sanhedrin 40b), en casos civiles preguntas como: ¿cómo sabe usted que el demandado es responsable al demandante?
Bedikah son preguntas cruzadas relacionadas al hecho o a las circunstancias, pero que no tocan directamente al problema. Entre más preguntas el juez realiza es mejor, ya que eso le ayudará a establecer los verdaderos hechos (Sanhedrin 41a). Los cuestionamientos de este tipo son indispensables, la conducta y cantidad de preguntas son a discreción de los jueces, ellos deben insistir cuando detecten la menor sospecha de engañar a la corte (Sanhedrin 24:3). Si a pesar de todas las preguntas, el testimonio es inconsistente con la evidencia y el juez no está satisfecho, él debe ser removido y debe permitir que otro juez tome su lugar (Sanhedrin 32b), pero, si se hayan a los testigos como falsos, el caso termina no inculpando al acusado.

Maimonides (1135 – 1204) uno de los sabios más reconocidos en el judaísmo, listó diez clases de personas que no son competentes para testificar y ser nombrados como Ed: mujeres (solo se usaban para cuestiones particulares por ejemplo en eventos que solo eran frecuentados por mujeres o bien en materia de pureza cuando solo podría intervenir una mujer, en tiempos post talmúdicos la mujer era aceptada cuando no había ningún hombre disponible); esclavos (fueran gentiles o judíos); menores (nunca menores de 13, y solo entre 13 y 20 años para asuntos particulares); enfermos mentales; sordos (aquí se incluían a los mudos); ciegos; malos (alguien de probada maldad, y se les dividía en cinco grupos: delincuentes, estafadores, perjuros, analfabetos, e informantes); los desdeñadores (es decir, personas que no se conforman con las convencionalismos de la sociedad, por ejemplo: comiendo en las calles o que anden desnudos mientras trabajan); parientes (la Mishnah –primera parte del talmud- lista como parientes inhabilitados a: padre, hermano, tío, cuñado, padrastro, suegro, sus hijos, yernos, y la regla se extendió hasta cubrir a los sobrinos y primos en primer grado; desde luego se incluía a la mujer y al marido); personas con intereses en el asunto (es decir, personas que podrían sacar algún beneficio del litigio).

Ningún testigo se puede nombrar a sí mismo como malo para descalificarse y no aplicar como Ed (Sanhedrin 9b). Si hubo pago de por medio para el Ed, se inhabilita como testigo; la aceptación de remuneración por testificar invalida la evidencia, sin embargo, si el testigo ha devuelto la remuneración que él recibió antes de testificar, su evidencia es admisible. Los Reyes están exentos del deber testificar y aunque el cohen hagadol –sumo sacerdote- están generalmente exentos, ellos deben testificar para el rey. Según el historiador Flavio Josefo la calificación de un testigo estaba basada en su testimonio de vida pasada. Habían asuntos excepcionales que no requerían dos testigos, como el de la mujer que deseaba volver a casarse por cuanto su marido había muerto (Ketubot 22b–23a). Las referencias a los Edym son bastas en el Talmud y abarcan infinidad de detalles relacionadas con su participación como ed.

LA MANIPULACIÓN DEL JUICIO DEL MESIAS

Hasta aquí hemos conocido que para decidir algún litigio o asunto de carácter legal los edym o testigos eran importantes, y recordemos que en el sistema legal de Israel impuesto por Hashem y recibido a través de Moisés, los testigos podrían llevar al acusado a la muerte, ya que existían faltas tipificadas en la Torah que se castigarían con la muerte, pero no cabe duda que en cualquier sistema legal para que exista la posibilidad de llevar a muerte al inculpado, requiere de una acotación que prive de injusticias a los acusados, y tal como lo hemos visto, la torah como base y el Talmud para clarificar los detalles se los daban al sistema de justicia israelí, considerando ello, cuando estudiaba este tema fue inevitable traer a memoria lo ocurrido con Yehoshúa Hamelej –el Rey-, el cual fue llevado al madero por causa de haber presentado a testigos falsos: Marcos 14: 55 Y los principales sacerdotes y todo el concilio buscaban testimonio contra Yehoshúa, para entregarle a la muerte; pero no lo hallaban. 56 Porque muchos decían falso testimonio contra él, mas sus testimonios no concordaban. 57 Entonces levantándose unos, dieron falso testimonio contra él, diciendo: 58 Nosotros le hemos oído decir: Yo derribaré este templo hecho a mano, y en tres días edificaré otro hecho sin mano. 59 Pero ni aun así concordaban en el testimonio), y en ese sentido basta leer el libro del historiado Flavio Josefo “Guerra de los judíos”, en donde registra la corru pción prevaleciente en el tiempo del Mashíaj –Mesías- al respecto del sanedrín y desde luego a los políticos prevalecientes, por ello, lo que registra el Brit Jadashá no resulta inverosímil, sino al contrarío, demuestra que fue lo que efectivamente paso, tan es así que no obstante de presentar testigo tras testigo (desde luego todos falsos en contra del Mesías), la conclusión del Cohen Hagadol demostró su frustación:  Matitiahu 26:65 Entonces el sumo sacerdote rasgó sus vestiduras, diciendo: ¡Ha blasfemado! ¿Qué más necesidad tenemos de testigos? He aquí, ahora mismo habéis oído su blasfemia.

Analicemos el juicio que se le hizo al Mesías basándonos en el contexto que ya hemos aprendido.

1)    El juicio comienzó con una sola persona de testigo (es decir Yehudá), ya que la supuesta acusación giraba entorno a un desacato de Yehoshúa HaMashíaj para con el Eterno, de ahí que al no haber mas de un testigo aparte de Yehudá, estaban violando los principios básicos de la legislación de la Torah y del Talmud al usar a un solo testigo
2)    Yehudá como testigo nunca aparece en el juicio
3)    Aparecen testigos falsos por doquier
4)    Según han leído, el Talmud registra que si los testigos se desestiman por considerarlos falsos, el juicio se debió haber anulado
5)    Como hemos leído, a todos esos testigos falsos los debieron haber llevado a muerte, dado que ese era el castigo que esperaban para Yehoshúa Hamelej y según la Torah así se les debió hacer.
6)    El juez, en este caso el cohen hagadol –sumo sacerdote- se convierte de juez a acusador ya que increpa al acusado para sacarle las palabras de las cuales nunca fue acusado por testigo alguno (Mateo 26: 62 Y levantándose el sumo sacerdote, le dijo: ¿No respondes nada? ¿Qué testifican éstos contra ti? 63 Mas Yehoshúa callaba. Entonces el sumo sacerdote le dijo: Te conjuro por el Eloh-m viviente, que nos digas si eres tú el Mesías, el Hijo de Eloh-m)
7)    El castigo según la Torah para un blasfemo debió ser la lapidación (Levítico 24:10-3)
8)    Acuden con la autoridad romana (Pilato) en vez de la judía (Jirodes –Herodes-) y este les autoriza que apliquen su Torah en ese caso (Juan 18:29 Entonces salió Pilato a ellos, y les dijo: ¿Qué acusación traéis contra este hombre? 30 Respondieron y le dijeron: Si éste no fuera malhechor, no te lo habríamos entregado. 31 Entonces les dijo Pilato: Tomadle vosotros, y juzgadle según vuestra ley.), no obstante de tener la anuencia de Pilato para aplicar la Torah, argumentan que no les era permitido.
9)    ¿Es verdad que no les era permitido a los judíos dar pena capital? ¿entonces por que a Esteban se la dieron? Hechos/Guevurot 6:12 Y instigaron al pueblo, a los ancianos y a los escribas; y arremetiendo, le arrebataron, y le trajeron al concilio; Guevurot 7: 57 Entonces ellos, dando grandes voces, se taparon los oídos, y arremetieron a una contra él. 58 Y echándole fuera de la ciudad, le apedrearon; y los testigos pusieron sus ropas a los pies de un joven que se llamaba Shaúl. Démonos cuenta que incluso se registra la palabra testigos dado que se le enjuicio por parte de las autoridades.
10)    Entendiendo el punto 8 y 9, debemos concluir que el Cohen Hagadol debió haber decretado la lapidación (para él y los testigos falsos) y por cuanto él incluso se convirtió en Ed –testigo-, por lo que debió haber sido el primero en lanzar la piedra para lapidarlo.
11)    El solo hecho de que son mandados por Pilato a Jirodes que era la autoridad judía (no obstante el dominio romano),  demuestra la validez del punto 10.
12)    Violando todas las formas legales Jirodes regresa al rabino Yehoshúa con Pilato el cual entrega a una muerte romana al Mesías ¿por qué no una muerte judía? Desde luego por cuanto era la voluntad de Hashem, pero el solo hecho denota que estaban violando las reglamentaciones judías de la Torah y desde luego del Talmud.

Para el efecto de aclarar esto que escribo, les invito a que lean la lapidación que existió con Esteban (Guevurot capítulos 5,6 y 7), ya que este evento demostrará desde luego mis palabras, y echara por tierra los dichos de comentaristas bíblicos que basándose en un texto Bíblico desean sustentar que la muerte romana que padeció Yehoshua HaMelej, fue por causa de que no les era permitida ejecutar la lapidación.

Conclusión

He compartido solo algunos de detalles que el Talmud nos da al respecto de los testigos o Edym, pero no nos debe quedar la duda que el sistema legal de nuestro pueblo tenía un gran sustento basado en los métodos que tenían para inquirir al Ed, así como para aprobarlo o desaprobarlo para dicha función, y tal como quedó demostrado en el juicio de Yehoshúa, no obstante de ellos, cuando la corrupción llegó no fueron suficientes. Restaría seguir profundizando en este tema que nos abre la puerta para conocer la justicia que se empleará cuando Mashíaj vuelva a reinar.

Mishlej 6:16 Seis cosas aborrece Hashem, Y aun siete abomina su alma: 17 Los ojos altivos, la lengua mentirosa, Las manos derramadoras de sangre inocente, 18  El corazón que maquina pensamientos inicuos, Los pies presurosos para correr al mal, 19 El testigo falso que habla mentiras, Y el que siembra discordia entre hermanos.

Nunca pensemos que de las Advertencias que en la Torah están escritas no son para nosotros, ya que cualquiera somos susceptibles de caer, pero ruego al Eterno que el conocimiento de cada aspecto que Él nos prohíbe y el solo hecho de conocer su consecuencia sea motivo suficiente para nunca caer.

¡Shabbath Shalom!

¡Queremos a Mashiaj Ya!