La Justicia del Eterno

Mishpatim
26 de Shevat de 5765
5 de febrero del 2005
Shemot / Éxodo 21:1-24:18

Rav Mijael Avila «Shlita»
Sinagogas Bet HaDerej
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1 Introducción

Éxodo 21:1 Y éstos son los juicios que expondrás ante ellos:

Shemot 21:1 Ve’eleh hamishpatim asher tasim lifneyjem.

El nombre de esta Perashát Hashavua -semanal- es: Mishpatim que bien se puede traducir como: juicios debido a su origen etimológico, al considerar su contenido no puedo dejar de pensar en lo útil que debe ser para nuestra vida práctica cada aspecto tratado en las Escrituras, ¿De qué serviría seguir un libro que no tiene una aplicación práctica? Creo que de muy poco; sin embargo éste no es el caso de las Sagradas Escrituras ya que sus reglamentaciones siguen siendo tan actuales como en aquel año en que las recibió nuestro pueblo -en el 2448- después de haber sido creado el hombre (1313 a.e.c.) y a 3317 años de distancia sigamos aprendiendo de ellas y disfrutemos de la justicia de Hashem para nosotros.
Temas de la Perashát
Primera alía (21:1-19)

Estos versículos habla de los Mishpatim de los esclavos, y de los actos de violencia.
Segunda alía (21:20-22:3)

Continúa con los mishpatim de actos de violencia, así como la responsabilidad de los dueños de animales y de siervos.
Tercera alía (22:4-22:26)

Los mishpatim de hurto, así como los mishpatim de conductas humanitarias.

Cuarta alía (22:27-23:5)

Continúa mencionando diversos mishpatim humanitarios.
Quinta alía ( 23:6-19)

Habla acerca de la justicia que debemos emplear en diversos tópicos, así como las tres fiestas anuales.
Sexta alía (23:20-25)

Nos habla acerca del Malak -Mensajero, Ángel, Embajador- del Eterno.
Séptima alía (23:26-24:18)

Nos da algunas promesas el Eterno, y narra el episodio de Moshé y los setenta ancianos.
Enseñanza
Trataré a manera de reflexión en esta semana, algunas de las reglamentaciones que contiene la porción semanal de las que emanan principios que pueden ser aplicados para otros casos similares; te ruego la máxima atención con el objetivo de sacarle el mayor provecho a la lectura. Trataré de enumerarlas para que resulte práctico y puedan ser transmitidas más fácilmente.
Estas leyes, como previamente apunté, fueron dadas por Hashem posteriormente al año 2448, año en el que Moshé recibió las lujot –tablas-, éstas son de suma importancia no nada más para nosotros como parte del pueblo de Hashem, sino también son enriquecedoras para la historia de la humanidad, es la segunda reglamentación de que se tiene registro después del Código de Hamurabi del reino de Babel -Babilonia- con aproximadamente 400 años más de antigüedad; sin embargo la extensión de la reglamentación Bíblica es más rica al considerar muchos más aspectos como los que veremos en esta ocasión:
1.- El que asesine a alguien, pagará con lo mismo; pero si fue por error tendrá la posibilidad de salvar su vida mudando su domicilio a una ciudad de refugio:

Éxodo 21:12 El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá. 13 Mas el que no pretendía herirlo, sino que Elohym lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha de huir. 14 Pero si alguno se ensoberbeciere contra su prójimo y lo matare con alevosía, de mi altar lo quitarás para que muera.
La justicia del Eterno implica pagar, y también absolver en caso de error.
2.- Hashem busca preservar la honra de los padres al evitar que sean dañados por los hijos:

Éxodo 21:15 El que hiriere a su padre o a su madre, morirá.
Los padres nunca tendrán que ser dañados por los hijos ya que es un delito grave.

3.- El castigo para el secuestrador es la muerte:

Éxodo 21:16 Asimismo el que robare una persona y la vendiere, o si fuere hallada en sus manos, morirá.
En los países de América se presenta este suceso con frecuencia, la Escritura lo legisla y da la solución para evitarlo.
4.- La preservación de la honra a los padres implica aún evitar que se les maldiga:

Éxodo 21:17 Igualmente el que maldijere a su padre o a su madre, morirá.
Bajo ninguna circunstancia se deberá ofender a los padres.
5.- Si alguien hiere a otro le retribuirá los días que se ausente del trabajo:

Éxodo 21:18 Además, si algunos riñeren, y uno hiriere a su prójimo con piedra o con el puño, y éste no muriere, pero cayere en cama; 19 si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será absuelto el que lo hirió; solamente le satisfará por lo que estuvo sin trabajar, y hará que le curen.
Hashem preserva el sustento del que resulta dañado, ¿Te imaginas que alguien le pegue a tu coche y los días en los cuales te prives de él, te pagaran la renta de otro vehículo para que no salieras perjudicado?
6.- Si alguien que tuviere esclavos y éste los hiriere y mueriesen, el dueño será castigado:

Éxodo 21:20 Y si alguno hiriere a su siervo o a su sierva con palo, y muriere bajo su mano, será castigado; 21 mas si sobreviviere por un día o dos, no será castigado, porque es de su propiedad.
Te invito a que consideres que esto no implica un trato inhumano ya que existe la consideración del punto 8 más adelante.
7.- Si hieren por error a mujer embarazada y aborta, pagarán de acuerdo a lo que los jueces determinen; pero si hubiere muerte pagarán con su vida o de acuerdo a lo que dañen:

Éxodo 21:22 Si algunos riñeren, e hirieren a mujer embarazada, y ésta abortare, pero sin haber muerte, serán penados conforme a lo que les impusiere el marido de la mujer y juzgaren los jueces. 23 Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida, 24 ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25 quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.
Esta parte que ha sido muy criticada de la Torah consideremos que es de lo más justa, ya que si alguien debe 50 pesos a otro, lo justo es que le pague lo mismo ¿No te parece? O ¿Tal vez tú siempre perdonas todas las deudas?

8.- Si alguien tiene esclavos y le hiere el ojo, o diente, etc. lo dejará en libertad:

Éxodo 21:26 Si alguno hiriere el ojo de su siervo, o el ojo de su sierva, y lo dañare, le dará libertad por razón de su ojo. 27 Y si hiciere saltar un diente de su siervo, o un diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre.
Aquí está la contrapartida del punto 6: si recibe un trato inhumano el esclavo estaría en todo su derecho de partir con libertad. El amo en realidad detrás de su acto demuestra que no lo quiere; luego entonces, debe éste deseo venir acompañado con lo justo para el esclavo, es decir: su libertad.
9.- Si el buey acorneare a alguien y muriere la persona, el animal deberá ser muerto y el dueño absuelto, pero si fuere acorneador desde antes, el dueño tendrá su consecuencia:

Éxodo 21:28 Si un buey acorneare a hombre o a mujer, y a causa de ello muriere, el buey será apedreado, y no será comida su carne; mas el dueño del buey será absuelto. 29 Pero si el buey fuere acorneador desde tiempo atrás, y a su dueño se le hubiere notificado, y no lo hubiere guardado, y matare a hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño. 30 Si le fuere impuesto precio de rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto. 31 Haya acorneado a hijo, o haya acorneado a hija, conforme a este juicio se hará con él. 32Si el buey acorneare a un siervo o a una sierva, pagará su dueño treinta siclos de plata, y el buey será apedreado.
Esto desde luego debería ser aplicado para cualquier animal de nuestra propiedad; por ejemplo: si tienes un perro y le gusta morder, tu deber es guardarlo y en su caso pagar sus daños.
10.- Si alguien abre un pozo o cisterna y al no taparla cae un animal y muere, deberá pagarlo y el animal muerto será de él:

Éxodo 21:33 Y si alguno abriere un pozo, o cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno, 34 el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.
Date cuenta que esto no cabe en el caso de un animal que es atropellado en la carretera, sino que en un caso semejante, el dueño del animal debería resarcir a su conductor y los daños del auto.
11.- Si un buey mata a otro deberán vender al vivo y repartirse el dinero así como el cuerpo del animal muerto:

Éxodo 21:35 Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo de modo que muriere, entonces venderán el buey vivo y partirán el dinero de él, y también partirán el buey muerto. 36 Mas si era notorio que el buey era acorneador desde tiempo atrás, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.
Ejemplos prácticos: si dos perros se pelean y uno mata al otro, deberá pagar con el animal al dueño del otro. Pero si era peleonero desde antes, todo será del dueño del animal muerto.

12.- Si alguien roba animal de su prójimo y lo vende o degüella, deberá pagar cuatro o cinco veces más del valor:

Éxodo 22:1 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.
13.- Si un ladrón es muerto en el interior de la casa ajena, el dueño no será culpado de muerte:

Éxodo 22:2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte.
Esto es semejante a las leyes humanas acerca de matar en defensa propia.
14.- Si fuere de día cuando mató al ladrón será tomado como reo de homicidio. Si no es muerto el ladrón y se le halla con lo hurtado, deberá pagar; y si no tiene se venderá como esclavo:

Éxodo 22:3 Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. 4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.
En este caso deberá pagar el doble de lo que se haya robado. En casos de hurtos en tiendas de autoservicios esa reglamentación se aplica el día de hoy.
15.- Si pasta el animal de alguien en la viña de otro, el dueño del animal pagará los daños:

Éxodo 22:5 Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.
16.- Si al prender fuego a algo, daña la propiedad del otro, el primero pagará los daños:

Éxodo 22:6 Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
17.- Si algo que fue prestado es robado, el ladrón tendrá que pagar el doble; si no se encuentra al ladrón, el que cuidaba deberá ser sometido a las autoridades para deslindarlo o acusarlo:

Éxodo 22:7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. 8 Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.
Si te dan a guardar algo y tu lo usas, es una grave falta ya que eso es pecado; debes considerar el no usar nada de lo que te dan a guardar.
18.- Si alguien defrauda tomando algo como si fuera suyo, el juez determinará y en caso de ser culpable pagará lo doble:

Éxodo 22:9 En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

19.- Si alguien da a guardar animal a su prójimo y el animal muere, tendrá que jurar delante del Eterno que no intervino, si fuere así no pagará; pero si no, lo pagará:

Éxodo 22:10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y éste muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Hashem habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.
20.-Si alguien toma prestado algo sin avisarle al dueño y sufre un daño tendrá que pagarlo, pero si el dueño estaba presente no pagará:

Éxodo 22:14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.
Por ejemplo en el caso de que tomes un vehículo que no sea tuyo sin notificarlo al dueño, deberás pagar; pero si el dueño estaba presente cuando ocurrió, quedarás libre.
21.- Si un hombre engaña a una joven que no era casada y duerme con ella, la deberá tomar como esposa, pero si el padre no quiere darla pagará su peso en plata:

Éxodo 22:16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes.
22.- A la hechicera se le dará muerte:

Éxodo 22:18 A la hechicera no dejarás que viva.

23.- Al que haga bestialismo morirá:

Éxodo 22:19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá.
24.- El que ofrezca sacrificios a dioses será muerto:

Éxodo 22:20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Hashem, será muerto.
25.-Al extranjero no se engañará ni se angustiará:

Éxodo 22:21Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.

Esto tristemente se ve con frecuencia en comunidades judías tradicionales, cuando se relacionan con gente de afuera, cambiando precios e incurriendo en engaños.
26.- No se afligirá a la viuda y al huérfano:

Éxodo 22:22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.

Por ejemplo: exigiendo el pago de lo prestado. La consecuencia de lo anterior, implica que ellos le clamen a Hashem y él haga juicio con los suyos permitiéndoles que caigan su esposa e hijos en condición semejante:

Éxodo 22:23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.
27.- Cuando se preste dinero no se impondrá usura:

Éxodo 22:25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.
28.- Los bienes que se toman en prenda y que son de máxima necesidad como el vestido, se devolverán por la tarde:

Éxodo 22:26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. 27 Porque sólo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso.
29.- No se deberá injuriar a aquellos que están en eminencia como al juez, o al príncipe:

Éxodo 22:28 No injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.

La palabra traducida aquí como: injuriar implica no nada más el maldecir, sino tomar sus dichos a la ligera; cuídate de no hacerlo con los rabinos, pastores o cualquier persona que esté en autoridad.
30.- Las primicias para el Eterno no se deberán demorar:

Éxodo 22:29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos. 30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31.- La santidad implica no comer carne destrozada por las fieras:

Éxodo 22:31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis.

32.- No se admitirá falso rumor:

Éxodo 23:1 No admitirás falso rumor…

Las implicaciones que tiene el falso rumor es que son sin sustento, todo informe o reporte deberá estar bien fundamentado.
33.- No deberás ser testigo falso:

Éxodo 23:1 … No te concertarás con el impío para ser testigo falso.

34.- Si la muchedumbre hace el mal, no te deberás unir a ellos:

Éxodo 23:2 No seguirás a los muchos para hacer mal, ni responderás en litigio inclinándote a los más para hacer agravios;
Recientemente tuvimos un evento en una colonia de la ciudad de México en la que lincharon a 3 policías, esta situación es en extremo pecaminosa. La gente para pecar participa ocultándose bajo el anonimato.
35.- No se tendrá en menos al pobre:

Éxodo 23:3 ni al pobre distinguirás en su causa.
36.- Las pertenencias de tu enemigo se las devolverás y ayudarás a su animal desvalido:

Éxodo 23:4 Si encontrares el buey de tu enemigo o su asno extraviado, vuelve a llevárselo. 5 Si vieres el asno del que te aborrece caído debajo de su carga, ¿le dejarás sin ayuda? Antes bien le ayudarás a levantarlo.
37.- No se deberá violar el derecho del pobre en su pleito:

Éxodo 23:6 No pervertirás el derecho de tu mendigo en su pleito.
38.- No deberás mentir, te alejarás de ella:

Éxodo 23:7 De palabra de mentira te alejarás…
Esto implica aun alejarte de las personas que practican la mentira.

39.- No se deberá matar al inocente y al justo:

Éxodo 23:7… y no matarás al inocente y justo; porque yo no justificaré al impío.
40.- No se deberá aceptar soborno:

Éxodo 23:8 No recibirás presente; porque el presente ciega a los que ven, y pervierte las palabras de los justos.
El regalo o presente que se manifiesta aquí es de índole de soborno.
41.- No se deberá oprimir al extranjero:

Éxodo 23:9 Y no angustiarás al extranjero; porque vosotros sabéis cómo es el alma del extranjero, ya que extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto.
42.- El séptimo año de siembra en Israel no se recogerá la cosecha, será para los pobres:

Éxodo 23:10 Seis años sembrarás tu tierra, y recogerás su cosecha; 11mas el séptimo año la dejarás libre, para que coman los pobres de tu pueblo; y de lo que quedare comerán las bestias del campo; así harás con tu viña y con tu olivar.

43.- Se guardará el séptimo día sin trabajar incluyendo nuestros animales y los siervos y el extranjero que habite con nosotros:

Éxodo 23:12 Seis días trabajarás, y al séptimo día reposarás, para que descanse tu buey y tu asno, y tome refrigerio el hijo de tu sierva, y el extranjero.

44.- De todo lo que Hashem dijo lo debemos guardar:

Éxodo 23:13 Y todo lo que os he dicho, guardadlo…
El único que puede quitar lo establecido es Hashem, nunca el hombre.
45.- No se deberá recordar ni guardar lo dicho por otros dioses:

Éxodo 23:13 …Y nombre de otros dioses no mentaréis, ni se oirá de vuestra boca.
Las implicaciones que tiene esta porción no aluden a no nombrarlos, sino a no recordar y no guardar sus dichos. Observa el contexto en el que se da: nos pide que guardemos lo que Hashem dice; lo opuesto es: hacer lo que otros dioses piden. Rashi alude incluso al hecho de no provocar que los gentiles juren por su dios, si alguien va a honrar a su dios por algo que nosotros hagamos, mejor abstengámonos de hacerlo.
46.- Tres veces al año celebraremos las fiestas del Eterno:

Éxodo 23:14 Tres veces en el año me celebraréis fiesta. 15 La fiesta de los panes sin levadura guardarás. Siete días comerás los panes sin levadura, como yo te mandé, en el tiempo del mes de Abib, porque en él saliste de Egipto; y ninguno se presentará delante de mí con las manos vacías. 16 También la fiesta de la siega, los primeros frutos de tus labores, que hubieres sembrado en el campo, y la fiesta de la cosecha a la salida del año, cuando hayas recogido los frutos de tus labores del campo. 17 Tres veces en el año se presentará todo varón delante de Hashem el Señor.
Las fiestas no están a discreción de los hombres, sino que las deberemos de observar en su tiempo tal y como Hashem las estableció. No hay ningún pasaje en el Brit Jadasha que implique que Hashem las haya eliminado, se incluyen tres fiestas en esta reglamentación; pero la pregunta es:  ¿Son las únicas que nosotros debemos celebrar? Por supuesto que no, ya que aún en la Torah implica por cada fiesta mayor, otras fiestas que se les unen y que unas y las otras son complementarias, resultaría absurdo observar sólo las tres fiestas. Hay razones de sobra para comprobar la existencia de las otras en la misma época del año. ¿Qué hay con las que no aparecen aquí como Januca o Purim? El Eterno no las prohibió y si bien no tienen el carácter sagrado como las anteriores, las Escrituras sí dan fe de su existencia y práctica; por lo tanto si en las Escrituras están ¿Quienes somos para quitarlas si ni aun Adonay las quitó?
47.- Con pan leudo no se presentará la sangre del sacrificio ni la grosura quedaría para el día siguiente:

Éxodo 23:18 No ofrecerás con pan leudo la sangre de mi sacrificio, ni la grosura de mi víctima quedará de la noche hasta la mañana.

48.- La fiesta de Yom Habikurim se celebrará:

Éxodo 23:19 Las primicias de los primeros frutos de tu tierra traerás a la casa de Hashem tu D-os.
Nuevamente para los que creen que sólo las tres fiestas se deben guardar, les pregunto: ¿Conocen esta festividad?
49.- No se cocinará el cabrito en la leche de su madre:

Éxodo 23:19 No guisarás el cabrito en la leche de su madre.
Nunca implica a la vaca, ni al pollo en esta reglamentación, si bien el judaísmo tradicional se basa en este pasaje para separar los lácteos de la carne, es respetable que lo hagan de ninguna manera tendrá un carácter de pecaminoso juntarlos, porque la Torah nunca lo enjuicia así, es decir no es pecaminoso por lo tanto nunca deberás señalar a aquellos que no lo hacen porque sólo son disposiciones de hombre las cuales si lo hacen para el Eterno están bien, el que no lo hace incurre en un error.
Hasta el punto 49 concluiré porque la narración continúa en el caso del Malak –mensajero- de Hashem así como el relato de Moshé con los 70 tzenekim –ancianos-.

Conclusión
La gente que por siglos ha enseñado las Escrituras, han decidido arbitrariamente qué cosas deben poner en práctica y cuáles no, los argumentos que han usado para defenderse son los mismos que los acusan; pero para ti que lees debes entender una cosa: no le debes fidelidad a hombre alguno o a denominación alguna, sino que tu fidelidad es para con el Eterno, y si tú antepones al hombre, entonces estás incurriendo en un grave riesgo de perderte las bendiciones de Hashem ya que éstas llegan con la obediencia por lo que te invito a que sigas estas sencillas reglas:
1.- Si algo vas a practicar de la voluntad de Hashem, lo deberás hacer conforme lo escrito, si hay algo que no está escrito pero no contradice la Escritura siéntete en la libertad de hacerlo; pero si hay algo que arteramente la contradice, NO lo hagas por mucho que tus líderes te lo digan.

2.- Si hay algo que decides que no practicarás pero que se encuentra en la Escritura, deberás sustentarlo con varios pasajes Escriturales y no sólo con uno; estos pasajes no deberán ser interpretados, sino literalmente deben sustentar tu postura.

3.- Toda congregación estará en sus prácticas más cercana a la verdad en la medida que veas que lo escrito es lo que vives; pero no en lo que interpretan, sino en lo literalmente escrito.

4.- Si piensas que el lugar donde estás no cumple con los requisitos de Hashem, no desmayes y ora esperando el momento en que el Eterno te lleve a un lugar conforme a su corazón.
Cada vez que conozcamos mas del Eterno tendremos más garantía de amarle, así que no cesemos de conocerle pero sobre todo de hacer Su voluntad.

¡Shabbath Shalom!

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